No a candidatos mestizos

Palabras Claras
No a candidatos mestizos
Silvano Bautista

Militantes de Morena en el distrito federal electoral 2 con cabecera en Bochil, manifestaron su rechazo a la posible imposición de Karina Margarita el Río Zenteno como candidata a la diputación federal y advirtieron que de darse esta acción se iniciará un proceso de importación y un posible voto de castigo para su partido.

Señalaron que de acuerdo a la legislación electoral a estos distritos donde predomina una población mayoritariamente indígena corresponde la candidatura a un habitante de lengua indígena, y es que por ello iniciaron la defensa de lo que por ley y derecho les corresponde.

De acuerdo a datos, el 71 por ciento de la población de este distrito indígena, Razón por la que consideran que el interior de su partido Morena no debe haber simulación y mucho menos ser usurpado el lugar que corresponde a la población predominante.

Y es que no por el hecho de que vivan en el distrito 2 deban ser candidatos a la diputación federal, sino que debe ser un representante del 71 % de la población. Eso ayudaría a que la política sea más de conciencia como lo predica Morena, una revolución de las consciencias y no aplicación de la politiquería.

Los inconformes dicen tener conocimiento que la diputada local Karina del Rio, anda buscando que la acrediten como indígena e igual andan queriendo imponer a Uriel Estrada el auditor Superior y a Jonathan Molina exdiputado local de Simojovel, entre otros, que no son indígenas.

Seguramente hay en ese distrito gente indígena preparada profesionalmente, por lo que no hay la necesidad de usurpar lugares por acuerdos políticos. No es un negocio, es el respeto al derecho y a que se tome en cuenta la lucha de muchas comunidades indígenas, que ahora no están dispuestos a regresar al pasado y que no están dispuestos a permitir les sea pisoteada la milenaria cultura, tradiciones que han dado mucho al país.

En un escrito dirigido a Carlos Molina, presidente estatal de Morena, señalan que de no respetarse lo anterior, se estarían violentando los estatutos del partido, se estaría violentando flagrantemente la constitución, se estaría incumpliendo con los lineamientos que establece el INE, y violentando los derechos políticos electorales de miles de ciudadanos indígenas que tienen el derecho de ser representados por un indígena que conozca las causas sociales y necesidades que nos aquejan.

Antecedentes…
En el distrito electoral federal 02, la mitad de los municipios son de población indígena. Por ello, exigieny creen firmemente que los debe representar una persona indígena por derecho constitucional, toda vez que una persona indígena, habitante de sus municipios y hablante de una lengua nativa de su región, conoce y ha vivido la problemática que viven día a día, pero sobre todo, podrá comunicarse en idioma no castellano con miles de pobladores que habitan esta región.

Cabe señalar que la actual diputada federal del distrito 02, Adela Ramos está usurpando una diputación federal que por ley les corresponde a los indígenas, y no solo eso, no es indígena, no es habitante del distrito, y nunca se ha comunicado con estos, porque no habla ninguna otra lengua que no sea el castellano, obstaculizando el progreso y el derecho que miles de indígenas tienen de ser representados por alguien de su comunidad.

Es por ello, la indignación y preocupación que se repita la misma situación del 2021, por lo rechazan
a cualquier persona que pretenda representar este distrito sin ser indígena, sin hablar cualquier idioma de la región, y que desconozca el tejido social y sus principales problemáticas..

Por ello, esperan que la dirigencia de Morena jamás permitiría que se violentara la ley, y que se usurpara un espacio que por ley y derecho le corresponde a los indígenas, y que por consecuencia respetará sus derechos constitucionales, político-electorales, ello con el fin de evitar cualquier controversia con el Instituto Nacional Electoral.

De no respetarse lo anterior, existe el riesgo de impugnación fundada y motivada de toda persona que se vea afectada con una imposición de una persona que no pertenezca a las comunidades indígenas, ocasionando el fallo a su favor del agraviado por parte del Tribunal Electoral.