Aprueba Senado Ley de telecomunicaciones

    • Un punto crucial de la ‘Ley Censura’ es la suspensión de transmisiones de radio y televisión, cuyas causales fueron ampliadas

México.- El Senado de la República aprobó la denominada ‘Ley Censura‘, que la oposición critica como un ataque directo a la libertad de expresión en el país.

La Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión fue avalada en lo general con 77 votos a favor y 30 en contra, mientras que en lo particular se aceptó una reserva respecto de la suspensión precautoria de transmisiones.

El documento fue remitido a la Cámara de Diputados para el trámite correspondiente.

De acuerdo con el Senado, la ‘Ley Censura‘ es un nuevo ordenamiento que fortalece el papel de medios comunitarios, indígenas y públicos para garantizar el acceso a la radiodifusión con un enfoque multicultural y de derechos humanos.

Plantea una reestructura del marco institucional, regulatorio y operativo del sector, para abrir paso a un enfoque social que impulse medios sin fines de lucro con mayor viabilidad financiera y regulatoria.

La principal característica de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión es la desaparición del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Dicha dependencia será sustituida por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), que contará con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, un órgano desconcentrado con independencia técnica y operativa integrado por cinco comisionados.

La nueva ley reconoce las telecomunicaciones y la radiodifusión como servicios públicos de interés general y pilares para garantizar derechos fundamentales como la educación, la salud, la información y la libertad de expresión.

Define los mecanismos para la asignación y uso del espectro radioeléctrico, lo que incluye esquemas de uso compartido, pruebas tecnológicas, redes inteligentes y plataformas de gran altitud.

Las concesiones de uso público y social se otorgarán por asignación directa y no pagarán contribuciones.

También se contemplan descuentos fiscales para concesionarios que brinden servicios en zonas de difícil acceso, así como exenciones o reducciones de pago.

Originalmente, la ‘Ley Censura’ incluía el artículo 109 para facultar a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones el bloqueo temporal de plataformas digitales por incumplimiento de la normativa.

El hecho desató todo tipo de reacciones, polémica ante la cual la presidenta Claudia Sheinbaum instruyó la modificación o eliminación del artículo para evitar confusiones.

Aclaró que “nunca ha sido nuestro deseo censurar a nadie” y que el artículo 109 hacía alusión a “cuando el SAT establece que hay una plataforma digital que está violando”.

Finalmente, la Ley aprobada en el Senado eliminó la posibilidad de bloquear plataformas y suprimió el esquema de propaganda extranjera.

Otro punto crucial de la Ley es la suspensión de transmisiones de radio y televisión, cuyas causales fueron ampliadas.

El PRI acusó que dicho apartado atenta contra la libertad de expresión de los comunicadores, así como contra el derecho a la información de los mexicanos.

Por su parte, el PAN sostuvo que “esta legislación representa un retroceso para la democracia”.

Al respecto, Gabriel Sosa Plata, profesor e investigador de la UAM Xochimilco, aclaró que la suspensión de transmisiones no es tema nuevo sino que es parte de la legislación aún vigente, aprobada en 2014.

“No es de que se le ocurra a la autoridad suspender transmisiones porque sí, debe haber un procedimiento administrativo, y en la historia, al menos reciente de la regulación, jamás se ha aplicado esa disposición”, señaló en entrevista para Radio Fórmula.

Con información de El Economista

Foto: Especial